(Foto: AVN) |
Este viernes se publicó la Gaceta Oficial Extraordinaria 6.122, en la que se reforma la providencia administrativa para los trámites en la obtención de divisas destinadas a las empresas de transporte aéreo. Allí se especifica que las empresas extranjeras que prestan su servicio en el territorio nacional quedan sujetas a la normativa publicada por la providencia.
Aquellas personas a las que aplique, deberán inscribirse una sola vez en el Registro de Usuarios del Sistema de Administración de Divisas (Rusad).
Para ser designadas las divisas se tomará en cuenta la disponibilidad de las mismas establecidas por el Banco Central de Venezuela (BCV) y el ajuste solicitado por los lineamientos del Presidente de la República.
Tal como anunció el vicepresidente para el área económica, Rafael Ramírez,el tipo de cambio aplicable a este sector será el que resulte de la última subasta que realice el Sistema Complementario de Administración de Divisas (Sicad).
Los recaudos a presentar son :
1) Original del acta de consignación de documentos.
2) Original de la planilla de solicitud de registro y autorización de adquisición de divisas destinada a las empreas de transporte aéreo internacional.
3) Original de la planilla de declaración jurada: relación de ingresos, costos, gastos e impuestos.
4) Originial del detalle de la planilla de declaración jurada: relación de ingresos brutos.
5) La copia del acta constitutiva y las actas de asambleas.
6) La copia del Registro Único de Información Fiscal (RIF) vigente de la empresa.
7) Copia ampliada de la cédula de identidad del representante legal de la empresa.
8) Copia del documento público que acredite la representación legal de la empresa.
9) Copia del permiso para operar emitida por el Instituto Nacional de Aeronáutica (Inac).
10) Original del balance de comprobación correspondiente al periodo a remesar, elaborado por un contador público y visado en el Colegio de Contadores.
11) Copia de la planilla de declaración y pago del Impuesto al Valor Agregado (IVA).
Documentos según período a remesar:
12) Copia del libro de ventas
13) Copia del libro de compras
14) Copia de los reportes Billing and Settlemente Plan (BPS) emitidos por la International Air Transport Association (Iata).
15) Copia de los reportes Cargo Accounts Settlement System (Cass), con sus respectivas facturas emitidos por Iata.
16) Copia del reporte de venta directa, subtotalizado por puntos, oficinas o sucursales.
17) Copia del reporte de carga directa.
18) Copia del reporte de las tasas extranjeras por ventas directas, subtotalizadas por puntos.
19) Copia del documento donde se refleja la transferencia de las divisas correspondientes a la última solicitud aprobada, con sello húmedo del operador cambiario autorizado.
20) Original de informe detallado donde manifieste las razones específicas por las cuales se generó un aumento de la remesa del período requerido con respecto al mismo período del año anterior.
21) Original de la carta explicativa donde se expongan los motivos por la cual realizó la solicitud de la remesa luego de haber transcurrido 3 meses co respecto al periodo requerido.
22) Original de la carta explicativa donde se manifieste las razones por las cuales dejó de solicitar la remesa del período anterior.
23) Cualquier otro documento que considere necesario o requiera la Comisión de Administración de Divisas (Cadivi).
Una vez autorizadas las divisas, la empresa podrá retirar las divisas asignadas en el Banco Central de Venezuela (BCV).
FUENTE: La Patilla
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